Formas
jurídicas de constitución
Empresario individual
Persona física que realiza en nombre propio y por
medio de una empresa una actividad comercial, industrial o
profesional.
CARACTERÍSTICAS
No tiene una regulación legal específica y está
sometido en su actividad empresarial a las disposiciones
generales del Código de Comercio en materia mercantil y
a lo dispuesto en el Código Civil en materia de derechos
y obligaciones.
Control total de la empresa por parte del propietario,
que dirige su gestión.
La personalidad jurídica de la empresa es la misma
que la de su titular (empresario), quien responde personalmente
de todas las obligaciones que contraiga la empresa.
No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil
y su patrimonio civil.
No precisa proceso previo de constitución. Los
trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial.
La aportación de capital a la empresa, tanto en
su calidad como en su cantidad, no tiene mas límite que
la voluntad del empresario.
VENTAJAS
Es una forma empresarial idónea para el funcionamiento
de empresas de muy reducido tamaño.
Es la forma que menos gestiones y trámites ha de
hacer para la realización de su actividad, puesto que no
tiene que realizar ningún trámite de adquisición de la personalidad
jurídica.
Puede resultar más económico, dado que no crea persona
jurídica distinta del propio empresario.
INCONVENIENTES
Responde con su patrimonio personal de las deudas
generadas en su actividad.
Si el empresario o empresaria están casados puede
dar lugar a que sus actividades alcancen al otro cónyuge,
según la clase de bienes:
- Los bienes propios de los cónyuges empresarios
quedan obligados a los resultados de la actividad empresarial.
- Los bienes gananciales pueden quedar obligados
por consentimiento expreso o por presencia y consentimiento.
Los bienes privativos del cónyuge del empresario
pueden quedar obligados por consentimiento expreso en escritura
pública.
Si su volumen de beneficio es importante, puede
estar sometido a tipos impositivos muy elevados (las Sociedades
tributan al tipo fijo del 35% sobre los beneficios, mientras
la persona individual tributa por tipos más elevados cuanto
mayor es su volumen de renta).
LIBROS
Dependerá del Régimen Fiscal a que esté sometido
el empresario.
- Si está en régimen de "estimación directa"
y se dedica a una actividad industrial, comercial o de
servicios, deberá llevar los libros oficiales del Código
de Comercio que deberá legalizar en el Registro Mercantil:
- Libro Diario
- Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
- Si está en régimen de "estimación directa
simplificada", deberá llevar libros fiscales:
- Libro de Ventas e Ingresos
- Libro de Compras y Gastos
- Libro de Registro de bienes de inversión
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