| |
|
|
|
I.C.O. Líneas de Financiación
LÍNEA DE FINANCIACIÓN PARA INNOVACCIÓN TECNOLÓGICA |
| Objetivo |
Facilitar financiación en condiciones preferentes para el desarrollo de proyectos de innovación y desarrollo tecnológico de empresas en España. |
Beneficiarios |
Sociedades mercantiles sin limitación de tamaño.
|
| Inversiones Financiables |
Las destinada a la mejora y modernización del componente tecnológico de la empresa, con los siguientes límites:
- Hasta el 30% de la inversión a financiar puede ser en inmuebles
- Hasta el 50% de la inversión a financiar puede ser en activos inmateriales (investigación, colaboraciones. Costes indirectos, etc.)
El importe máximo financiable será del 70% del proyecto de la inversión. |
| Características de los préstamos |
Plazo de amortización: El empresario puede elegir entre un plazo de 5 años (sin carencia o con un período de carencia de un año) y un plazo de 7 años (sin carencia o con un período de carencia de dos años).
El importe máximo de financiación por beneficiario será de 1,5 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en una única operación o en varias.
Tipo de interés: se podrá optar entre un tipo de interés fijo durante toda la vida del préstamo (según el tipo de referencia del ICO+ 1 punto porcentual) o tipo de interés variable (euribor a 6 meses + 1 punto porcentual)
Ayuda financiera del CDTI: el CDTI aporta una ayuda financiera al beneficiario de 450 euros por cada 10.000 euros de financiación concedida, que serán aplicables a la amortización anticipada de capital.
Comisiones: las entidades financieras no pueden cobrar comisiones en concepto de apertura, estudio o disponibilidad, ya que el tipo de interés que comunica el ICO es TAE.
Cancelación anticipada: es posible, aunque hay que compensar los gastos en los que hayan incurrido las entidades financieras. Se imputará un 2% sobre las cantidades reembolsadas por anticipado, excepto en los préstamos a tipo variable, que no tendrán penalización si la cancelación coincidiera con la fecha de revisión del tipo de interés.
|
| Tramitación |
Los solicitantes presentan su proyecto de inversión en cualquier oficina de las principales entidades financieras, cumplimentando un formulario del ICO y otro formulario del CDTI, con las características descriptivas de la inversión. Si la inversión es considerada viable por la entidad financiera, ésta remitirá la documentación al ICO, que, a su vez, la remitirá al CDTI, el cual dispondrá de 15 días hábiles para analizar si el proyecto cumple las condiciones para ser susceptible de ser financiado mediante esta línea. La evaluación e informe del CDTI será comunicada al ICO y a su vez éste la comunicará a las entidades financieras, las cuales disponen de 3 meses desde ese momento para formalizar el préstamo o leasing con el beneficiario final, por el importe máximo aprobado por el CDTI. El empresario debe poder acreditar la realización de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.
Cada entidad financiera analiza la solicitud del préstamo y en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión determina las garantías a aportar. |
| Compatibilidad de Ayudas |
El máximo total de ayudas quedará sujeto a los límites establecidos por la Comisión Europea en cuanto a la acumulación de ayudas públicas. |
|
|
|