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I.C.O. Líneas de Financiación


LINEA ICO-CRECIMIENTO EMPRESARIAL
Objetivo
Apoyo a empresas que quieren poner en marcha proyectos de inversión más ambiciosos, con una financiación a su medida.

Beneficiarios

Empresas de 50 trabajadores o más, con un volumen de negocio no superior a 50 millones de euros y/o balance general anual no superior a 43 millones de euros, que lleven a cabo inversiones por importe superior a los límites establecidos en la Línea ICO-PYME.

No estar participada en un 25 % o más por empresas, que no cumplan de forma agregada, los límites establecidos en el párrafo anterior.
Inversiones Financiables

Activos fijos nuevos. Entre los requisitos previos para considerar financiable un proyecto de inversión, deberán cumplirse los siguientes límites:

  • Si el proyecto incluye inversión inmobiliaria, esta no será superior al 80 % del importe de la inversión total a financiar.
  • Si el proyecto incluye inversión en activos inmateriales “tecnológicos”, destinados a la innovación o modernización tecnológica de las PYME, tales como redes de uso local, programas informáticos o páginas web, no estará sujeta a limitación.
  • Si el proyecto presentado incluye inversión en activos inmateriales “no tecnológicos”, tales como concesiones, licencias, franquicias, traspasos y otros similares contemplados por el Plan General Contable, no será superior al 50 % de la inversión total a financiar.
  • Las partidas de activo material no están sujetas a limitación.
En todo caso no se financian: las reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos ligados a la inversión.
Características de los préstamos

El importe máximo financiable será del 70 % del proyecto de inversión neto.
Con respecto a los plazos de amortización, el empresario puede elegir:

  • 7 años, sin carencia o con un período de carencia de 2 años
  • 10 años, sin carencia o con un período de carencia de 3 años

El importe del préstamo máximo será de 6 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en una única operación o varias.
Tipo de interés, el beneficiario puede optar entre:

  • Tipo fijo: según referencia ICO + 0,75 puntos porcentuales.
Tipo variable: referenciado a EURIBOR a 6 meses + 0,75 puntos porcentuales.
Tramitación
Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorro y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por Bancos y Cajas en las condiciones indicadas.
Compatibilidad de Ayudas
Esta línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea.